Atención a la Ciudadanía
- Ingrese su Queja , Reclamo ó Sugerencia.
- Seguimiento a su Queja, Reclamo ó Sugerencia.
- Estadisticas QRS 2011
Queja. Es la manifestación de inconformidad que se da a conocer a las autoridades por un hecho o situación irregular de un servidor público o de un particular a quien se le ha adjudicado la prestación de un servicio público o por la deficiencia o negligente atención que presta una autoridad administrativa.
Reclamo.Es la manifestación de inconformidad por la prestación de un servicio o proceso.
Sugerencia.Es un consejo o propuesta que formula un ciudadano para el mejoramiento de las funciones, metas y objetivos de la entidad.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley No. 1437 del 18 de enero de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con el ánimo de hacer cumplir las funciones administrativas de las entidades del Estado, a continuación se reseñan las características generales y plazos respuesta de las peticiones realizadas por los ciudadanos, según lo señala la ley.
En concordancia con el artículo 14 del C.C.A., toda petición realizada a la entidad deberá ser resuelta dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. A su vez, están definidos los términos de resolución para los siguientes tipos de peticiones:
- Peticiones de documentos: diez (10) días hábiles siguientes a su recepción. Si no existen observaciones por parte de la administración, la entrega de copias del documento se realizará dentro de los tres (3) días siguientes.
- Peticiones dónde se realicen consultan a las autoridades, sobre temas que son de su competencia: treinta (30) días siguientes a su recepción.
En concordancia con el artículo 19 del C.C.A., referente a las peticionas irrespetuosas o reiterativas, toda petición de carácter irrespetuoso o grosero, será devuelta al peticionario para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes. Para las respuestas a las solicitudes reiterativas y ya resueltas, se tomaran los mismos plazos definidos anteriormente.
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