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Definiciones

Queja.
Es la manifestación de inconformidad que se da a conocer a las autoridades por un hecho o situación irregular de un servidor público o de un particular a quien se le ha adjudicado la prestación de un servicio público o por la deficiencia o negligente atención que presta una autoridad administrativa.

Reclamo.
Es la manifestación de inconformidad por la prestación de un servicio o proceso.

Sugerencia.
Es un consejo o propuesta que formula un ciudadano para el mejoramiento de las funciones, metas y objetivos de la entidad.

 
Tiempos de Respuestas
 

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley No. 1437 del 18 de enero de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con el ánimo de hacer cumplir las funciones administrativas de las entidades del Estado, a continuación se reseñan las características generales y plazos respuesta de las peticiones realizadas por los ciudadanos, según lo señala la ley. 

En concordancia con el artículo 14 del C.C.A., toda petición realizada a la entidad deberá ser resuelta dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. A su vez, están definidos los términos de resolución para los siguientes tipos de peticiones:

-          Peticiones de documentos: diez (10) días hábiles siguientes a su recepción. Si no existen observaciones por parte de la administración, la entrega de copias del documento se realizará dentro de los tres (3) días siguientes.

 

-          Peticiones dónde se realicen consultan a las autoridades, sobre temas que son de su competencia: treinta (30) días siguientes a su recepción.   

 

En concordancia con el artículo 19 del C.C.A., referente a las peticionas irrespetuosas o reiterativas, toda petición de carácter irrespetuoso o grosero, será devuelta al peticionario para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes. Para las respuestas a las solicitudes reiterativas y  ya resueltas, se tomaran los mismos plazos definidos anteriormente.

 
 
 
 

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